La Junta Electoral Nacional de la provincia de Buenos Aires declaró ganador a última hora del jueves a Julio Alak tras rechazar el pedido de Juntos por el Cambio de abrir todas las urnas de La Plata.
La Junta Electoral afirmó que “ya finalizada la apertura de las 79 urnas concedidas, la agrupación Juntos por el Cambio solicita otras nuevas aperturas más de 48 horas después de vencido el plazo fijado sin brindar ninguna razón jurídica que justifique lo peticionado”.
El organismo definió el planteo como “extemporáneo”. “Requerir la apertura de la totalidad de las urnas desnaturaliza el procedimiento electoral y pone en tela de juicio la transparencia de los procesos electorales”, argumentó la Junta. El organismo añadió que eso implicará que se extienda “indefinidamente la finalización del escrutinio definitivo”.
“Efectuada la apertura de la totalidad de las mesas requeridas, la diferencia inicial entre una y otra agrupación no se ha revertido, así como no se ha detectado algún error de transcripción”, subrayó la Junta Electoral.
Alak ya fue intendente de La Plata durante cuatro mandatos consecutivos, entre 1991 y 2007.
EL FALLO
Minutos antes de la medianoche y luego de varias horas de deliberación, la Junta Electoral bonaerense, conformada por los jueces Roberto Lemos Arias, Sergio Torres y Alejo Ramos Padilla, definió desestimar el pedido de apertura de 1.574 urnas realizado por Garro, argumentando que el plazo para solicitarlo había vencido a las 18 del pasado martes 31 de octubre.
Es que Garro solamente pidió la revisión de 79 urnas en el marco planteado por la Justicia y este jueves, tras el resultado de ese reconteo, que arrojó que el 62% de las mesas habían presentado irregularidades pero que el resultado definitivo no alcanzaba para revertir el escrutinio definitivo, el jefe comunal reclamó que se haga la apertura de todas las mesas.
“Que respecto del nuevo pedido de apertura de urnas, en este caso el de todas las urnas no abiertas según lo dispuesto en el Acta 22, lo que implicaría la apertura de 1574 urnas, debe tenerse presente que el plazo establecido para formular reclamos respecto del escrutinio definitivo correspondiente a la Sección Electoral octava venció, conforme las reglas fijadas en el Acta nro. 19, el día 31 de octubre a las 18”, reza el fallo.
De esta forma “se observa de los resultados obtenidos luego de dicho proceso (de recuento), no se produjo ninguna modificación jurídicamente relevante para la categoría (a intendente) en cuestión”, resolvieron los magistrados, dando así por ganada la elección a Alak.
Ahora, más allá del fallo, Garro anunció que apelará la resolución ante la Cámara Nacional Electoral, que deberá definir si hace lugar al planteo y lo analiza, o si directamente lo desestima y convalida el fallo de la Junta bonaerense.
