El juzgado de primera instancia en lo Civil y Comercial de la ciudad santafesina de Reconquista se declaró también incompetente respecto del planteo de inconstitucionalidad de la cerealera.
Sin embargo, estableció que “los interventores podrán continuar desarrollando su tarea, con el grado de veedores controladores”.
Además, se declaró “incompetente para entender en la demanda declarativa de inconstitucionalidad” de la intervención.