El ministro de Trabajo, Claudio Moroni, reafirmó que el Gobierno otorgará créditos a tasa cero a contribuyentes monotributistas y autónomos, mediante el Programa de Asistencia al Trabajo, y explicó que se trata de un «mecanismo flexible» por el cual se podrían extender esos beneficios si la actividad «sigue afectada» por la crisis.
Así lo indicó el ministro Moroni, y agregó que la inscripción debe hacerse a través de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), según lo establece el DNU 376/2020, publicado hoy en el Boletín Oficial.
Se trata de la norma que dispuso la ampliación de los sujetos alcanzados y los beneficios comprendidos en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción para empleadores y empleadoras, y trabajadores y trabajadoras.
Los detalles:
- ¿Quiénes pueden acceder al crédito a tasa cero?
Personas adheridas al Régimen Simplificado (Monotributo) de todas las categorías y trabajadores autónomos. Las condiciones van a ser establecidas por la Jefatura de Gabinete y el Banco Central (BCRA)
- ¿Cuáles podrían ser las las restricciones?
Se están analizando. Pero, en principio, no accederían los monotributistas que además están en relación de dependencia. Tampoco los que cuentan con inversiones o los que no hayan tenido una caída en su facturación. Por otro lado, quienes tomen el crédito quedarían inhabilitados para poder hacer operaciones como compras de divisas ni tampoco acceder a dólares a través del mecanismo de contado con liquidación (CCL)
- ¿Dónde se debe solicitar el crédito?
En el mismo banco donde se opera habitualmente.
- ¿Cuál es el monto al que se accede?
El monto de la financiación no podrá exceder el 25% del límite superior de ingresos brutos establecidos para cada categoría del monotributo, con un máximo de $ 150.000.
- ¿Dónde se recibe el crédito?
El financiamiento será desembolsado en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas. A cada una de las cuotas se adicionará el monto equivalente al pago de las sumas totales que se deben abonar por el impuesto integrado y cotizaciones previsionales a cargo de los monotributistas o de aportes previsionales obligatorios del régimen de trabajadores autónomos. El monto referido será retenido y depositado periódicamente en la AFIP.
- ¿A partir de cuándo se debe comenzar a pagar?
Desde el Gobierno adelantaron que tendrá un plazo de gracia de seis meses y se cancelará en 12 cuotas.
